El nuevo Reglamento (UE) 2021/2117, publicado el 2 de diciembre de 2021, modifica las normas de etiquetado de los vinos y vinos aromatizados y obliga a informar de todos los datos de producto definidos en el reglamento de información alimentaria (UE) 1169/201.

A efectos prácticos, la nueva normativa europea de etiquetado del vino tiene como principal objetivo garantizar la seguridad alimentaria de los consumidores y asegurar su derecho a la información en temas tan relevantes como la lista de ingredientes o la tabla nutricional. De esta forma, se logra también una mayor transparencia por parte del sector y generar más confianza con el consumidor final.

Esta nueva normativa europea entra en vigor el 8 de diciembre de 2023.

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¿Cómo aplicar la normativa del etiquetado del vino?

La nueva normativa europea sobre el etiquetado del vino afecta, además de a ésta, también a las webs de venta online de este tipo de productos. Es decir, en ambos sitios se tiene que proporcionar todos los datos definidos en el reglamento de información alimentaria (UE) 1169/2011.

De esta forma, la Comisión Europea asegura que tanto si el consumidor compra el producto en una tienda física u online tiene la posibilidad de acceder a la información reglamentaria, independientemente del canal de venta.

Por lo que respecta a las webs de venta online, tienen que proporcionar toda la información de producto de forma estructurada y completa en la ficha de producto.

Respecto al etiquetado del vino, las empresas tienen dos opciones: indicar toda la información en la etiqueta física o mostrar la información en una etiqueta digital a través de un código QR. Esto es posible ya que, por primera vez en el sector alimentario, el marco legal de la Política Agrícola Común de la Unión Europea (PAC) autoriza a comunicar parte de la información obligatoria a través de etiquetas electrónicas, siempre que se facilite un código QR en el producto, para acceder fácilmente a la información.

Si la empresa escoge dar la información a través de código QR, tiene dos opciones: desarrollar su propia tecnología o bien, utilizar un servicio de generación de etiquetas electrónicas y códigos QR como el que ofrece AECOC ESCAN QR. Hay que destacar que, aunque se proporcione toda la información nutricional a través de una etiqueta digital, hay dos datos que se deben de comunicar obligatoriamente en la etiqueta física: el valor energético por 100ml y los alérgenos. Las calorías se pueden expresar mediante el símbolo «E» de energía: 100 ml E= xx kJ/ xx kcal y los alérgenos anotando el nombre exacto del alérgeno o “Contiene sulfitos”.

¿Cómo se debe indicar en el etiquetado del vino?

Según la nueva normativa europea del etiquetado del vino, la información alimentaria obligatoria a proporcionar debe respetar el artículo 13 del Reglamento 1169/2011, el cual establece que dicha información se debe indicar en un lugar destacado, de manera que sea fácilmente visible y claramente legible. En ningún caso debe de estar disimulada, tapada o separada por ninguna otra indicación o imagen, ni por ningún otro material interpuesto. Respecto al tamaño de letra, tiene que ser igual o superior a 1,2 mm.

Respecto al código QR, tiene que estar situado en el mismo campo visual que otras menciones obligatorias y la primera página de destino tiene que ser completamente neutra sin dar información comercial o de marketing.

La información a través de la etiqueta física o etiqueta digital, se tiene que mostrar en todos los idiomas del país de la Unión Europea dónde se comercializa el producto.

Preguntas frecuentes

¿En qué idiomas debe aparecer la información obligatoria que va en la etiqueta? (ya sea en etiqueta física o etiqueta digital)

La información se tiene que mostrar en todos los idiomas del país de la Unión Europea dónde se comercializa el producto.

Para los vinos que se venden exclusivamente fuera de la Unión Europea, ¿es obligatorio incorporar la información que marca la normativa europea?

Dependerá de las regulaciones del país de destino.