Desde el 8 de diciembre de 2023, la normativa sobre el etiquetado del vino en la Unión Europea ha introducido cambios significativos en el sector, concretamente en la representación de la información en sus etiquetas.

El nuevo Reglamento (UE) 2021/2117 trata la obligatoriedad a informar de todos los datos de producto definidos en el reglamento de información alimentaria (UE) 1169/201.

A efectos prácticos, la nueva normativa europea de etiquetado del vino tiene como principal objetivo garantizar la seguridad alimentaria de los consumidores y asegurar su derecho a la información en temas tan relevantes como la lista de ingredientes o la tabla nutricional. De esta forma, se logra también una mayor transparencia por parte del sector y generar más confianza con el consumidor final.

vinos

¿Qué dice y cómo se aplica la normativa del etiquetado del vino?

Tras la aplicación del reglamento 2021/2118, y la vigencia de la normativa de 2023, los vinos (concretamente su etiquetado) deben incluir una tabla nutricional detallada y un listado de ingredientes en orden decreciente de cantidad. Es crucial destacar los alérgenos en la etiqueta, usando una tipografía distinta, para alertar a los consumidores sobre posibles alérgenos. Además, cualquier aditivo utilizado debe ser claramente especificado con su función o categoría.

¿Existen otros factores en los que influye la normativa del etiquetado del vino?

La nueva normativa europea, reglamento (UE) 2021/2117, sobre el etiquetado del vino afecta, además de a ésta, también a las webs de venta online de este tipo de productos. Es decir, en ambos sitios se tiene que proporcionar todos los datos definidos en el Reglamento de información alimentaria (UE) 1169/2011.

De esta forma, la Comisión Europea asegura que tanto si el consumidor compra el producto en una tienda física u online tiene la posibilidad de acceder a la información reglamentaria, independientemente del canal de venta.

Por lo que respecta a las webs de venta online, tienen que proporcionar toda la información de producto de forma estructurada y completa en la ficha de producto. Pero, ¿cómo?

Respecto al etiquetado del vino, las empresas tienen dos opciones:

  • Indicar toda la información en la etiqueta física del vino.
  • Mostrar la información en una etiqueta digital a través de un código QR*. Implementar un código QR en tus etiquetas no solo asegura cumplimiento con las regulaciones sino que también moderniza la presentación de tu producto. Este código puede vincular a una página web donde el consumidor puede explorar más sobre el vino, su origen, y métodos de producción, enriqueciendo así la experiencia del cliente y fortaleciendo la transparencia de tu marca.

*Esto es posible ya que, por primera vez en el sector alimentario, el marco legal de la Política Agrícola Común de la Unión Europea (PAC) autoriza a comunicar parte de la información obligatoria a través de etiquetas electrónicas, siempre que se facilite un código QR en el producto, para acceder fácilmente a la información. Otro matiz a tener en cuenta es que aunque el QR muestre toda la información existen dos datos que se deben de comunicar obligatoriamente en la etiqueta física:

  1. El valor energético. Las calorías se pueden expresar mediante el símbolo «E» de energía: 100 ml E= xx kJ/ xx kcal
  2. Los alérgenos. Estas se puede mostrar el nombre exacto del alérgeno o “Contiene sulfitos”.

Detalles a tener en cuenta sobre el código QR para el etiquetado del vino

Si la empresa escoge dar la información a través de código QR, tiene dos opciones:

  1. Desarrollar su propia tecnología para poder escanear estos códigos.
  2. Utilizar un servicio de generación de etiquetas electrónicas y códigos QR como el que ofrece AECOC ESCAN QR.
  3. Hay que destacar que, aunque se proporcione toda la información nutricional a través de una etiqueta digital.

Otras casuísticas que hay que tener en cuenta según la normativa de etiquetado para el vino

De acuerdo con la nueva normativa europea sobre el etiquetado del vino, la información alimentaria que se debe proporcionar es obligatoria y debe cumplir con el artículo 13 del Reglamento 1169/2011. Esta información debe colocarse en una ubicación prominente para garantizar que sea fácilmente visible y legible. No debe estar oculta, cubierta o separada por cualquier otro texto, imagen o material interpuesto. Además, el tamaño mínimo de la letra debe ser de 1,2 mm.

En relación con el código QR, este debe ubicarse en el mismo campo visual que las demás menciones obligatorias, y la página web a la que dirige inicialmente debe ser completamente neutral, sin contener información comercial o de marketing.

Finalmente, tanto en la etiqueta física como en la digital, la información debe estar disponible en todos los idiomas oficiales del país miembro de la Unión Europea donde se comercializa el producto.

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Preguntas frecuentes

¿En qué idiomas debe aparecer la información obligatoria que va en la etiqueta? (ya sea en etiqueta física o etiqueta digital)

La información se tiene que mostrar en todos los idiomas del país de la Unión Europea dónde se comercializa el producto.

Para los vinos que se venden exclusivamente fuera de la Unión Europea, ¿es obligatorio incorporar la información que marca la normativa europea?

Dependerá de las regulaciones del país de destino.