¿Qué es y a quién afecta la nueva ley de facturación obligatoria?

Caminando hacia la digitalización en el ámbito empresarial, una de las novedades pasa por la obligatoriedad de la factura electrónica. Es decir, los profesionales ya no podrán emitir las facturas únicamente en formato papel, sino que deberán hacerlo de forma electrónica.
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Caminando hacia la digitalización en el ámbito empresarial, una de las novedades pasa por la obligatoriedad de la factura electrónica. Es decir, los profesionales ya no podrán emitir las facturas únicamente en formato papel, sino que deberán hacerlo de forma electrónica.

Estamos ante una medida que afectará a todos los trabajadores autónomos y empresas en España, quienes deberán ajustarse a esta nueva normativa de acuerdo con los plazos establecidos en la Ley Crea y Crece.

¿Cuándo ha sido aprobada y qué plazos presenta la ley de facturación electrónica obligatoria?

El concepto de factura electrónica obligatoria ya se introdujo en la Ley 56/2007, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información. Posteriormente, la Ley 25/2013, del 27 de diciembre, amplió la obligación de la factura electrónica a todas las transacciones entre empresas y el sector público de más de 5.000 euros.

Finalmente, el 28 de septiembre de 2022 se aprobó la Ley de Creación y Crecimiento Empresarial, comúnmente conocida como la nueva Ley Crea y Crece. En el artículo 12 se establece: “todas las empresas y autónomos deberán expedir y remitir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otras empresas y autónomos”.

La factura electrónica obligatoria es una realidad, pero su implementación no es inmediata, dado que hay un período de transición para que los autónomos y las pymes puedan adaptarse a esta nueva ley.

¿Qué ventajas presenta la nueva ley?

La obligatoriedad factura electrónica es una medida que implica numerosas ventajas:

¿Qué se necesita para cumplir con la obligatoriedad de la factura electrónica?

Para que se consideren válidas, las facturas electrónicas deben cumplir con estos requisitos:

La autenticidad del origen y la integridad del contenido de las facturas electrónicas se podrá comprobar con cualquiera de las siguientes vías:

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